miércoles, 10 de febrero de 2010

Se prohibe el uso de Vallas y Avisos Publicitarios Luminosos


El Ministerio de Energía Eléctrica prohibió el uso de la energía eléctrica en los sistemas de publicidad contenidos y promovidos en vallas y avisos publicitarios luminosos, según establece la Resolución N° 008 publicada en la Gaceta Oficial N° 39.364 del 9 de febrero de 2010.

La Resolución señala que se prohibe el encendido de avisos y vallas ubicadas en las distintas vías públicas en todo el país, quedan exceptuados de esta medida, las farmacias, los centros de salud y las instalaciones de seguridad ciudadana e instituciones, en las cuales se deberá usar preferentemente sistema de iluminadón tipo LED o bombillos ahorradores de electricidad.

Esta medida deberá ser cumplida tanto por las personas naturales como jurídicas, en caso de poseer cualquier tipo de sistemas de publicidad interiores o exteriores luminosos. El incumplimiento de las disposiciones aquí establecidas, se considerará una infracción por tanto, tendrá como consecuencia el corte del servicio eléctrico en forma indefinida.

La Corporación Eléctrica Nadonal (Corpoelec), en conjunto con sus filiales, se encargará de fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las medidas.

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