jueves, 27 de mayo de 2010

Aprobada en 2da discusión Ley de la Actividad Aseguradora


La Asamblea Nacional sancionó la Ley de la Actividad Aseguradora, que ordena a las compañías a crear seguros solidarios y permite al Estado fijar criterios para crear pólizas que cubran los riesgos de los proyectos agrícolas y de los planes de las comunas.

La ley pasa a manos del Ejecutivo para su revisión y luego su publicación en Gaceta.

Durante la discusión, los diputados realizaron ajustes para incorporar al poder popular y, por tal motivo, cambiaron el artículo correspondientes a las cooperativas para ampliarlo a otras organizaciones.

En la nueva disposición se indica que la Superintendencia de la Actividad Aseguradora otorgará la autorización a las asociaciones cooperativas para realizar operaciones de seguros y medicina prepagada en beneficio de los asociados y no asociados. El texto contempla que las empresas deben crear seguros solidarios para aquellos con ingresos hasta 25 unidades tributarias (1.600 bolívares).

Además establece que las empresas deberán incluir los riesgos: agrarios y de las comunidades populares. Quedan eliminadas las claves de emergencia para el acceso a las clínicas. En las disposiciones transitorias se establece un plazo de 180 días para que las compañías separen sus operaciones contables y financieras.

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