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viernes, 18 de junio de 2010

Nueva Ley del Sistema Financiero Nacional donde Bancos y Seguros deben seguir el modelo socialista

El nuevo instrumento legal publicado el 16 de junio en Gaceta Oficial Nº 39.447, que sustituye el antiguo Decreto Nº 411 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Marco, que controlaba el Sistema Financiero Público del Estado, establecerá regulaciones para la participación de los ciudadanos en la supervisión de la gestión financiera y contraloría social de los integrantes del sistema.

La Ley regulará las actividades del sector bancario, la rama aseguradora, el mercado de valores. Se establece que las instituciones que integran este sistema no podrán conformar grupos financieros entre sí, con empresas de otros sectores de la economía nacional e internacional.

Se creará el Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional (Osfin) como ente rector encargado de coordinar el funcionamiento de las instituciones integrantes del sistema, a fin de lograr su estabilidad, solidez y confianza.

El Osfin estará integrado por el ministro de Planificación y Finanzas, el presidente del Banco Central de Venezuela y tres directores o directoras nombrados por el Jefe de Estado.

También será el Osfin el ente que tendrá la facultad de sancionar administrativamente a quienes trasgredan las obligaciones determinadas en esta Ley, tomando en consideración las circunstancias agravantes o atenuantes, tales como la gravedad de la falta, la reincidencia y el grado de responsabilidad del infractor.

La Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional está vigente, de manera que los bancos y seguros tienen 180 días para adaptarse a las líneas del nuevo texto.

miércoles, 17 de marzo de 2010

Venezuela: Asamblea Nacional designa Comisión para investigar y sancionar a administradores de Páginas Web

Los controles del Estado deben llegar hasta el ciberespacio, sostiene Hugo Chávez. "La Internet no puede ser una cosa libre, donde se haga y se diga lo que sea", Se refirió, en concreto, a la página venezolana http://www.noticierodigital.com, que esta semana difundió informaciones erradas acerca de la supuesta muerte de un ministro del Gobierno.

En tal sentido, La Asamblea Nacional de Venezuela siguiendo líneas del Ejecutivo, designó este martes una comisión especial que se encargará de investigar y aplicar sanciones a aquellos administradores de páginas "web" que incumplan la ley y atenten contra la paz social de los venezolanos.

El organismo estará conformado por diputados de las comisiones de Política Interior, Derechos Humanos y Garantías Constitucionales y de la Comisión Permanente de Ciencia, Tecnología y Comunicación Social del Parlamento venezolano.
Las reacciones frente al tema continúan y en los diferentes medios siguen apareciendo opiniones. Los continuos ataques del gobierno a los medios que lo critican y la reciente visita del vicepresidente cubano Ramiro Valdéz, reconocido como el censor de medios en la isla, hacen crecer la preocupación en Venezuela.
LEYES:
El artículo 58 de la Constitución venezolana reconoce la libertad de expresión, pero también destaca que en el artículo 108 de la Carta Magna se establece que los medios de comunicación deben contribuir a la formación del ciudadano y a la paz pública.

viernes, 30 de octubre de 2009

Ley de Tierras Urbanas es igual a Invasión


El ministro de Obras Públicas y Vivienda, Diosdado Cabello, señaló que, ‘”con la Ley de Tierras Urbanas, el Gobierno está facultado para intervenir esos terrenos y entregarlos a las comunidades para su beneficio”.

Asimismo, destacó que dicha Ley es un acto de suprema justicia, al tiempo que instó a las comunidades a organizarse para detectar los terrenos desocupados.

El Ministro señalo que la milicia es fundamental para ejecutar la Ley de Tierras Urbanas, en la que se declaran de utilidad pública los terrenos urbanos debido a que los mismos se consideran que tienen una función social.

Por otra parte, ante los visos de inconstitucionalidad que, según Roberto Orta Martínez, vicepresidente de la organización, caracterizan al nuevo instrumento legal, Apiur introducirá ante el Tribunal Supremo de Justicia un recurso de nulidad en su contra.

martes, 15 de septiembre de 2009

Reforma de LOT plantea subir a 45 días Bono Vacacional y reducir la Jornada Laboral


En lo que respecta a las utilidades se habla de una bonificación de 25, 30 o 45 días de salario, cuando actualmente el pago equivale a 15 días.

El parlamentario dijo que el bono de vacaciones podría ser aumentado hasta 45 días, desde el tope de 21 días de salario que se encuentra estipulado en la LOT que está vigente.

Otra modificación que impactará sobre las cuentas de los patronos es el regreso a la retroactividad de las prestaciones. Se plantean varios mecanismos, uno es el regreso a la retroactividad que rigió hasta el año 1997, y otro es mantener el esquema actual que permite calcular las prestaciones con base al salario promedio de cada período, pero agregando 15 días anuales con base en el último salario devengado.

El diputado Torrealba informó adicionalmente que el tiempo de prescripción de los casos laborales referidos a salarios, prestaciones o retiro por enfermedades ocupacionales aumentará a 10 años, mientras que los casos ordinarios caducarán a los dos años; igualmente señalo sobre la reducción de la jornada diaria a 6 Hrs y 36 semanales.

Hoy, la comisión redactora de la reforma de la LOT revisará el avance del informe que será discutido en la Comisión de Desarrollo Social de la AN, y que luego pasará a la plenaria para su segunda discusión.

Estos cambios aumentarán los pasivos laborales de las empresas, tanto públicas como privadas; lo que traerá como consecuencia el incremento de la economía informal, los despidos y cierres de empresas con llevando al aumento del desempleo.

viernes, 14 de agosto de 2009

Aprobada en 2da discusión Ley de Educación

"Foto:Venancio Alcacerez. El Universal"









Después de una maratónica sesión que se prolongó por espacio de diez horas, la Asamblea Nacional aprobó al filo de la medianoche del jueves, en segunda discusión, la polémica Ley Orgánica de Educación (LOE).

La nueva norma educativa consta de 56 artículos que otorgan un amplio poder al Estado para influir en la educación de los niños, en franca confrontación con el derecho de la familia a escoger el tipo de educación que desean para sus hijos, dado el texto le concede 44 atribuciones al Estado en materia de enseñanza y plantea la participación de diferentes organizaciones sociales y comunitarias en la gestión del sistema educativo.

Durante esta sesión ocurrieron hechos como:
- Marchas a favor y en contra de la Ley.
- Amedrentamientos contra periodistas de la Cadena Capriles.
La retirada de la bancada del partido Podemos por no darle espacio en la discusión a sus intervenciones.
- Se presentaron cacerolazos y protestas en varios sitios de la ciudad de Caracas, Maracay, Puerto Ordaz y Mérida en rechazo a la ley de Educación.
- Twitter se organizó la protesta a partir de las 8:00 pm

jueves, 13 de agosto de 2009

Publicada en Gaceta Oficial Ley de Procesos Electorales

La Ley Orgánica de Procesos Electorales fue publicada en la Gaceta Oficial número 39.240, del 12 de agosto de 2009, luego de ser sancionada por la Asamblea Nacional (AN).
"Esta ley recoge una gran cantidad de elementos relacionados con la adecuación de los procesos electorales en Venezuela a la nueva arquitectura constitucional que tiene el Estado venezolano", expresó el rector del Consejo Nacional Electoral, Germán Yépez, en Venezolana de Televisión.

Agregó que las leyes deben ser reformadas y adaptadas a la realidad del país, reseñó ABN.
Para el rector la aprobación de esta ley representa un paso importante hacia el fin de la transición generada a partir de la creación de esta rama dentro de la Constitución de 1999 y con la aprobación la Ley Orgánica del Poder Electoral (Lope) en el año 2002.

jueves, 6 de agosto de 2009

Se inició este miércoles discusión de la Nueva Ley Orgánica del Trabajo

Luego de una extensa consulta, debates con todos los sectores interesados como sindicatos, patronos, especialistas laborales, amas de casas, conserjes, vigilantes, la Comisión de Desarrollo Social comenzó este miércoles el ensamblaje de los títulos y capítulos de la nueva Ley Orgánica del Trabajo, que – de acuerdo a lo informado por el vicepresidente de la instancia legislativa, diputado Oswaldo Vera – contendrá un esquema para la retroactividad de las prestaciones, pero sin contar los compromisos de años anteriores, reporto Prensa AN.

Se incluirá la reducción de la jornada laboral, pero habrá variedad, pues se tomarán las jornadas de lunes a viernes y en un rango diferentes se tendrá el caso de aquellas 24x24, como el caso de las enfermeras, bomberos y otras profesiones que no tiene un horario regular.

Asimismo informó que las decisiones tomadas por el Ministerio del Trabajo con relación a reenganches, pago de salarios caídos en los casos de despidos injustificados, serán de obligatorio cumplimiento, por ello en el marco de la nueva ley se estipularán sanciones más severas, las cuales van desde multas elevadas hasta carcel.

sábado, 1 de agosto de 2009

Se inician reacciones a nivel nacional, después del cierre de las emisoras

Fuente fotográfica: Globovisión

Actualmente en las afueras de cada una de las emisoras, se concentran un grupo de personas que en apoyo a los medios de comunicación manifiestan su descontento.

Zulia:

En el Estado Zulia se ubican cuatro de las emisoras que deberán salir del aire. Uno de los ciudadanos que protestaban comentaba al reportero “esto para nosotros es igual de grave o más grave aún que el cierre de RCTV” “ si creían que por hacerlo de madrugada no íbamos a reaccionar aquí estamos diciendo presente a los trabajadores de la radio.”

Mérida:

En la ciudad de Mérida la emisora radial América 106 Fm dejo de enviar su señal luego de 8 años de transmisión ininterrumpida. Esta sanción dejaría sin empleo a mas de 60 profesionales. El CNP Merida rechazó la medida e invito a la ciudadanía a defender el derecho de la libertad de expresión.

CNB 102.3 Caracas

Pasaba la medianoche y Conatel no había llegado a la emisora radial, un grupo de ciudadanos se agruparon en las afueras de la estación mientras locutores y periodistas usaban el micrófono para expresar la frustración, que según comentaban, les generaba la medida del Ministro Diosdado Cabello.

Fuente: Globovisón


Apagan equipos de 34 radioemisoras HOY


Por disposición del Consejo Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), 34 radioemisoras que venían operando en frecuencias AM y FM desde diversas regiones de Venezuela debieron apagar sus equipos y cesar transmisiones a través de las ondas hertzianas a partir de la noche del viernes.

La medida recayó sobre empresas ubicadas en 18 estados del país, entre las cuales se cuenta:
CNB 102.3 FM (propiedad de Rosa Rodríguez de Huescáfore), que operaba como emisora matriz del Circuito Radial Belfort. A través de ella era transmitido a diario desde Caracas el programa Aló Ciudadano.

En Amazonas, 1130 AM, propiedad de Erasmo Núñez, y 107.5 FM Órbita, de Abel Cermeño, fueron las afectadas.

En Anzoátegui, la 970 AM, de Barcelona, perteneciente a José Bringa.

En Bolívar (Upata), el Canal 7 TV, de José David Natera. Ciudad Bolívar: 96.9 FM, propiedad de Ramón Rafael Castro Mata.

Carabobo, Valencia: 100.1 FM, Nelson Belfort Yivirin.

Puerto Cabello: 98.3 FM, de Pedro Ezequiel Listuit.

Delta Amacuro-Tucupita: 1270 AM, de Sócrates Hernández.

Falcón Punto Fijo: CNB 100.1 de Nelson Belfort Yivirin, y 96.1 FM, de Ramón Jesús Méndez.

Guárico: 99.1 FM, de Bernando José Donaire.

Mérida 106.3 FM de Rubén Antonio Chirinos.

Miranda: 1520 AM, de Guillermo Obel Mejías; Emisora FM, de Guillermo Obel Mejías; la 1550 AM, de monseñor Bernardo Heredia; 97.1 FM, monseñor Bernardo Heredia; 92.1 FM, Gabriel Robinson, Charallave; 1230 AM,

Radio Barlovento (Caucagua); 96.9 FM, de Carlos Herci, ubicada en El Hatillo.

Nueva Esparta (Porlamar) la 99.1 FM, de Arturo Gil Escala; 92.9 FM, Ramón Borra Gómez, y 1140 AM, perteneciente a la sucesión de Pedro Sosa Guzmán.

Portuguesa (Acarigua): 1170 AM, perteneciente a Ramón Ramírez Meléndez.

En Sucre, 103.3 FM y 600 AM, ambas de Luis Salazar Núñez. En Táchira la 730 AM, de Modesto Marchena y la 94.5 FM, de Arturo Álvarez Leal.

Vargas Canal 26 UHF de Catia La Mar y 106.9 FM, perteneciente a Alcides Delgado.

En el estado Zulia: 105.1 FM, de Guido Briceño; 102.1 FM, de Luis Guillermo Gouvea; 1430 AM, perteneciente a Ciro Ávila Moreno (Ciudad Ojeda); 1300 AM, propiedad de Moisés Portillo (Santa Cruz de Mar).

viernes, 31 de julio de 2009

Ley de Delitos mediáticos: atenta contra la democracia


La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) afirmó hoy que el proyecto de ley sobre "delitos mediáticos" presentado por la Asamblea Nacional de Venezuela es un "devastador golpe contra
lo que queda de democracia" en ese país.

El proyecto de ley contempla sancionar las "acciones u omisiones
que lesionen el derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, que atentan contra la paz social, la seguridad e independencia de la nación, el orden público, estabilidad de las instituciones del Estado, la salud mental o moral pública, que generen sensación de impunidad o de inseguridad y que sean cometidas a través de un medio de comunicación social".

Para quienes divulguen noticias falsas la pena es de dos a cuatro años de cárcel; por manipulación de noticias, de dos a cuatro años, y por negativa a revelar información, de seis meses a dos años de cárcel. Por coacción mediática, de uno a tres años; por omisión voluntaria de suministrar información, de dos a cuatro años; por instigación, de dos a cuatro años, y por obstaculización de actividades de medios de comunicación, de uno a tres años.
Fuente: El Universal

miércoles, 29 de julio de 2009

Nueva ley de compra venta de vehículo podría contemplar execiones


El proyecto de Ley que regula la compra y venta de vehículos nuevos y usados, nacionales o importados, contemplará exenciones en lo que respecta al impuesto que se prevé aplicar al expendio de unidades con menos de dos años de uso, el cual será determinado a través de un estudio basado en los principios de la materia impositiva. La liberación del tributo beneficiaría a los propietarios de vehículos de trabajo o de uso público, tales como ambulancias, camiones, taxis, entre otros.

Asimismo, sostuvo que existen casos de particulares que también deben ser evaluados y posiblemente incluidos en las exenciones, entre ellos mencionó las ventas de vehículos por situaciones de emergencia, carencias económicas, mudanzas al exterior, etcétera.

La parlamentaria reiteró que este proyecto de Ley busca desestimular la especulación reinante en el mercado automotriz venezolano, a fin de beneficiar al colectivo y no favorecer los intereses de grandes capitales, que actualmente mantienen un control casi total de la oferta de vehículos en el país y generan distorsiones que terminan afectando al pueblo.

jueves, 23 de julio de 2009

Concesionarios deberán reembolsar sobreprecios de vehículos desde 2006


La propuesta de ley, de 33 artículos, establece que las comercializadoras de vehículos (concesionarios) que hayan vendido vehículos por encima del precio sugerido, están obligadas a devolver a los compradores el exceso cobrado, en un lapso no mayor a seis meses. Aunque el proyecto de ley no lo especifica, el diputado Amoroso explicó que podrán acogerse a ese reembolso quienes hayan comprado vehículos con sobreprecio desde el 1 de enero de 2006 y tengan sus respectivas facturas.

Además, los concesionarios están obligados a entregar ante el Indepabis, en un plazo de 60 días después de la entrada en vigencia de la ley, las listas de sus compradores de los últimos tres años, indicando precio, marca y modelo del vehículo.

El proyecto de ley también plantea la creación de una comisión mixta de precios, integrada por Indepabis, Seniat, ensambladoras e importadoras, que regularán los precios.

martes, 7 de julio de 2009

Nueva Ley para la compra y venta de vehículos


La ley especial que regulará la compra y venta de vehículos está en su recta final, según informó Elvis Amoroso, diputado e integrante de la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional (AN).

Aunque afirmó que "la mayoría de los artículos" están definidos, anunció que esta semana se reunirán con comités de consumidores y representantes del sector automotor para conocer sus propuestas y así mismo indicó que después de aprobarlo en primera discusión queremos sacarlo a consulta pública".

Explico que la consulta pública se estará llevando a cabo en el Distrito Metropolitano; Aragua, Carabobo, Guárico, Lara, Mérida, Anzoátegui y Zulia, entre otras entidades del país, por lo cual extendió una invitación a todos los interesados en conocer a detalle el contenido de este nuevo instrumento legal y dar su aporte.

Reiteró que establecerán un tope a la ganancia de estos establecimientos que oscilará entre 3 y 10%, margen que se utiliza en países como Colombia, Brasil y Estados Unidos.
Actualmente, la subcomisión de Finanzas de la AN está preparando otros dos mecanismos para regular el negocio automotor. En este sentido, Amoroso señaló que esas dos leyes "están bien adelantadas".

lunes, 6 de julio de 2009

Ley de Mercado de Capitales debe adaptarse al Sistema Socialista, según el diputado Elvis Amoroso


En un sistema socialista, no puede haber una ley que impulse el Mercado de Capitales, por eso la subcomisión de Deuda y Crédito Público de la Asamblea Nacional tiene como objetivo reformarla.

Su presidente, Elvis Amoroso, propone la existencia de un mercado de valores supervisado por el Estado para proteger a los minoritarios y ampliar la colocación de títulos públicos para democratizar “el mal llamado mercado de capitales”.

-El primer paso será modificar su título por: “Ley del Mercado de Valores”, una propuesta del diputado Elvis Amoroso.

Señaló que esta legislación debe ajustarse a los cambios que viene impulsando el país y el mundo.

“El mundo va pujante y nosotros nos quedamos atrás con una ley que tiene casi 15 años, y cuyo nombre está en cuestión, pues nosotros estamos hablando del fracaso del capitalismo y tenemos una Ley del Mercado de Capitales, dándole peso a ese sistema en el que no creemos”.

Amoroso dijo que es ” valiosa la propuesta del presidente Chávez, quien hizo referencia a que la Alianza Bolivariana (Alba) pueda servir como el espacio para hacer colocaciones.” Esto implica que los bonos venezolanos se coticen en el mercado brasileño, colombiano, o argentino. Además de que los papeles de estos países puedan colocarse en Venezuela y ser adquiridos por todo el mundo. “No debe pensarse sólo en América del Norte”.

Para Amoroso la emisión hecha por Pdvsa pudo negociarse en esos mercados, en vez de en EEUU. “Pues eso era lo que pedían los sectores financieros para sacar el dinero de aquí”.

miércoles, 1 de julio de 2009

País de Propietarios

Desde el 18 de junio de 2009 se Cedice inicio una Campaña de TV promovida hasta los momentos a través de Youtube, en relación con la defensa de la propiedad privada ante la propuesta de ley por parte del gobierno de Venezuela, increíblemente y sin que se promoviese masivamente ha tenido más 8000 visitas.
Es sólo un video de pocos segundos
.

lunes, 22 de junio de 2009

Avanza: Ley de Propiedad Social


El Gobierno, a través de la Asamblea Nacional, avanza en la construcción de un andamiaje jurídico que atacará la propiedad privada, según concuerdan abogados y expertos en la materia consultados. Buena parte de esa estructura ya está vigente, pero la más importante esperan aprobarla este año: la ley de propiedad social.

El primer borrador de esta ley se coló a la opinión pública. Provocó tanta controversia en distintos sectores de la sociedad que uno de los diputados corredactores admitió que ello obligó a modificar su articulado. "Se ha armado tanto rollo que no queremos darla a conocer hasta que no esté listo el proyecto final", indicó el legislador Ulises Daal.

En los corrillos de la Asamblea Nacional se dice que circulan más de 20 borradores. La urgencia legislativa permanece, pues no se quiere aplazar la aprobación de la ley para 2010, debido a que es un año electoral.

En la construcción del país socialista hay dos estrategias básicas, dice Jesús Farías, economista asesor del Banco Centrla de Venezuela y miembros del buró político del Partido Socialista Unido de Venezuela. "Una es transformar la sociedad y la economía actuales, que se basan en el capitalismo; la otra es transformar el Estado".

Fuente: El Nacional

lunes, 8 de junio de 2009

INDEPABIS COMENZÓ DIFUSIÓN DE LA LEY PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN ACCESO A LOS BIENES Y SERVICIOS EN PETARE


El Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), antiguo Indecu, inició un operativo de fiscalización educativa en Petare, municipio Sucre, para dar a conocer el nuevo decreto ley, emitido por el Ejecutivo nacional en materia de derechos del ciudadanos y ciudadanas.


El presidente de Indepabis, Eduardo Samán, junto a funcionarios del Instituto comenzaron la visita por todos los establecimientos de la calle comercio de Petare.
Samán destacó que es muy importante que los comerciantes conozcan el alcance de la ley y de las sanciones que contempla. Destacó que las sanciones serán más severas.


Asimismo, advirtió que los establecimientos infractores tendrán un cierre por 90 días y clausura total del cuando el caso así lo amerite.


Entretanto, el Presidente de Indepabis, resaltó que la ley incluye los ámbitos inmobiliarios de seguros y bancos, por lo que destacó que ahora los comités de contraloría social para el abastecimiento y las asociaciones de consumidores tendrán mayor incidencia en cuanto a la defensa y protección de los usuarios y usuarias.


Samán afirmó además que actualmente se están respondiendo las denuncias de bienes y servicios que se han recibido a través del 0-800 IINDECU-1, las cuales en su mayoría son por cobro excesivo de las matrículas escolares y estafas inmobiliarias. Al mismo tiempo señaló que el martes 12 de agosto la Sala de Sustanciación de Indepabis reanudará sus actividades.

martes, 19 de mayo de 2009

Aprobada en primera discusión la Reforma de la Ley de Regulación de Asentamientos Urbanos




Tiene por objeto ordenar y regularizar el proceso de la tenencia de la tierra ocupada por la población en los asentamientos urbanos populares, la satisfacción progresiva del derecho a la tierra urbana, vivienda y hábitat, dando prioridad a las familias en condición de vulnerabilidad social, mediante un proceso de cogestión integral con el Estado.

En lo que se refiere al ámbito de la normativa se tiene que la Ley Especial regula y ordena los asentamientos urbanos populares que ocupen tierras públicas o privadas, en barrios y urbanizaciones populares, en núcleos urbanos o periurbanos, pueblos, caseríos, aldeas, y en áreas de urbanismo progresivo, donde están constituidos sus hogares, construidas sus viviendas o bienechurías, a quienes siendo poseedores o poseedoras de la tierra, no les ha sido garantizado el derecho a la propiedad de la tierra urbana.

De igual forma, la normativa establece que toda persona tendrá derecho a la protección de su hogar, el de su familia, declarándolo como vivienda principal antes los órganos del poder popular: Comité de Tierras Urbanas o Consejo Comunal, en consecuencia, contra el no podrán acordarse ni ejecutarse medidas preventivas o ejecutivas de carácter judicial atendiendo principalmente a los mandatos establecidos en la presente ley especial.

Los cambios fundamentales de la normativa consisten en:

1.- Incorporado al titulo de la ley y a su contenido el concepto de Ordenamiento por considerar que la regularización integral esta íntimamente ligada al Ordenamiento de los espacios dentro de la comunidad.

2.- Se ha extendido el derecho a la tierra a todas las familias que habitan dentro del asentamiento urbano popular independientemente de si es o no propietaria de bienhechuría alguna. En estos asentamientos viven familias en condición de hacinadas, arrimadas, alquiladas, en vivienda prestada o nuevas parejas sin parcela que sirva de asiento a su hogar, se ampara y se garantiza el derecho a la tierra a todas las familias que habitan, en asentamiento urbano popular.

3.- Se garantiza la función y uso social de la tierra urbana: se prohíbe toda acción especulativa con respecto a la renta del suelo en los asentamientos urbanos populares, afectándose todas las tierras publicas y privadas, urbanas y urbanizables que existen dentro del asentamiento, dichas tierras quedan sujetas a los fines de justicia social, de garantía del derecho a la tierra de los sectores populares. Las instituciones del Estado y los órganos del Poder Popular podrán iniciar un proceso de rescate de las parcelas adjudicadas cuando el uso de las mismas contravenga los fines previstos en la presente ley. Esto será de manera discrecional por parte del Estado.

4.- Se protege el hogar, la vivienda declarándola como vivienda principal ante los órganos del poder popular: Comité De Tierras Urbanas, Consejo Comunal y en consecuencia, contra esta vivienda no podrá acordarse ni ejecutarse medidas preventivas o ejecutivas de carácter judicial, atendiendo a los mandatos establecidos en la presente ley. (Subrayado nuestro)

5.- Se transforma la Oficina Nacional De Tierras Urbanas en Instituto Publico, con la capacidad necesaria para realizar los trámites de regularización de las tierras públicas nacionales y de las tierras privadas.
6.- Se crea el Banco Nacional de Tierras Urbanas, para los asentamientos urbanos populares que será un banco de registro de las tierras urbanas y urbanizables existentes.

7.- Se fortalece los Comités de Tierras Urbanas como la organización comunal social y política, integrante del poder popular, columna vertebral y de vanguardia en el proceso de regularización. Se le otorga personalidad jurídica por vía de ley con la formalización de su inscripción ante el Instituto Público de Tierras Urbanas.

8.- Se establece que entre las funciones del Comité de Tierra está el de impulsar la creación de las ciudades comunales en el ámbito de los asentamientos urbanos populares, como la unidad político primaria de la organización territorial de estos. Ciudades comunales integradas por áreas o extensiones geográficas denominadas comunas, las cuales serán las células sociales del territorio en los asentamientos urbanos populares conformadas a su vez por las comunidades que comparten un interés y espacio común constituyéndose en el núcleo espacial básico e indivisible del Estado democrático, social de derecho y de justicia definido en la constitución de la República.

9.- Se simplifica el proceso de regularización en los terrenos públicos: Nacionales, Estadales y Municipales.

10.- En cuanto a los asentamientos urbanos populares construidos sobre terrenos privados, se acordó una prescripción adquisitiva o usucapión, si se quiere de carácter especial, cuyo proceso será llevado en primera instancia por el órgano administrativo que garantizando el debido proceso procederá de oficio o a instancia de la comunidad, a aperturar el expedientes respectivo en aquellas comunidades que tengas mas de cinco años ocupando dichos terrenos. Este proceso concluirá con la decisión respectiva y la protocolización de los títulos, en caso claro esta, que sea procedente la Prescripción. Quienes se sienta afectado por dicha medida podrá recurrir a las instancias correspondientes. El trámite de la prescripción no será interrumpido por el hecho de intentarse una acción administrativa o judicial contra la misma.

11.- Se establece entre las disposiciones finales una relativa a los juicios de desalojos que se ejecutan en los asentamientos urbanos populares, dejando claro que el órgano jurisdiccional competente deberá convocar al Instituto Publico De Tierras Urbanas o a las Oficina Municipales De Tierras Urbanas y a la organización comunitaria (CTU) para que presenten uniformes sobre la situación del inmueble objeto del litigio. Dichos informes deben ser considerados por el tribunal de la causa.

martes, 28 de abril de 2009

Ley de Propiedad Social


El anteproyecto de Ley de Propiedad Social, que en la actualidad discuten en el Parlamento, señala en su artículo 5 que el Ejecutivo nacional podrá tomar cualquier bien y declararlo de "propiedad social" cuando establezca que su "actividad productiva no esté orientada a satisfacer las necesidades reales de la población o no se corresponda con los intereses nacionales y el modelo socioproductivo".

La Ley de Propiedad Social desarrolla los principios de la economía socialista colectivista, tal como estos aparecían señalados en el Proyecto de Reforma Constitucional rechazado por el pueblo el 2-D. Por lo tanto, lo primero que habría que decir es que esa ley es inconstitucional por dos razones. La primera, porque en la Carta de 1999 no aparece en ninguno de sus artículos la palabra socialismo, modelo muy distinto al esquema de economía mixta con predominio de la propiedad privada establecido en la Constitución; la segunda, porque cuando se le propuso al pueblo votar a favor de la aplicación del socialismo, el rechazo fue categórico. 

Además de inconstitucional, la Ley refleja una clara orientación marxista, antisindical y antiobrera, militarista, centralista y con una decidida vocación punitiva y confiscatoria.

De convertirse este borrador en ley de la República, el Poder Legislativo tendrá que modificar el Código Civil, el Código de Comercio, la Ley de Licitaciones, la Ley Orgánica de Planificación de la Administración Pública, la Ley de los Consejos Locales de Planificación de Políticas Públicas y la Ley de los Consejos Comunales. Igualmente se verá afectada la propiedad privada, los principios constitucionales, los sueldos y salarios, entre otros.

Para mayor información: http://www.asambleanacional.gob.ve/

viernes, 17 de abril de 2009

Contaminación del Río Guaire ¿Cuántos años pasaran sin tomarse acciones?

En el país algunos ríos, como: Manzanares, Guarapiche y Neverí; el Tuy, el Guaire, el Güey, el San Pedro, el Cabriales, Turbio; y el río Táchira, Chaman y otros en el occidente del país, son muestras patente de la constante degradación que vienen acusando los cursos naturales del agua, de los cuales depende el bienestar y el progreso nacional.

Para García Jonnathan (2005);

Es evidente que el problema de la contaminación hídrica en Venezuela requiere urgentes medidas preventivas y correctivas para su control, ahora y en el futuro inmediato, las cuales se deben instrumentar a la mayor brevedad. (p.22).

En otras palabras el tratamiento de la contaminación del agua es primordial para una mejor calidad de vida por lo que se debe fomentar tanto la concientización en la población de Caracas así como el rescate y tratamiento de estas aguas fluviales.

Es decir, que la equivocada utilización de este valioso líquido y su cauce, bien sea por trabajo humano a través de construcciones que van en deterioro del mismo o por la naturaleza en sus cambiantes ciclos a través de los años, trae como consecuencia la contaminación del agua.

Hace muchos años el Río Guaire fue una de las razones que motivó y favoreció el asentamiento de la población caraqueña, la cual se encontraba en condiciones óptimas de sanidad y se consideraba un atractivo turístico para los visitantes de la capital, provista de una afortunada flora y fauna.

Sin embargo, el disfrute de las bondades hídricas fue disminuyendo con los años debido a la ausencia de políticas preventivas; a medida que crecía la población y se vertían más y más aguas servidas en su cauce, debido a esto disminuía la afluencia de sus visitantes. Hoy, muchos ciudadanos temen el poder de su río natal por el peligro de desbordamiento cuando llueve.

Medidas que deben adoptar los órganos competentes ante la Contaminación:

Se encuentra enmarcada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Capítulo IX de los Derechos ciudadano se compromete a seguir el lineamiento establecido por el Estado, ya que la constancia de esta protección, beneficiara tanto al medio ambiente como a las próximas generaciones.

La Ley de Aguas, en Gaceta Oficial número 38.595, de fecha 2 de enero de 2007, en sus artículos 13 y 14, indican que Los generadores de efluentes líquidos deben adoptar las medidas necesarias para minimizar la cantidad y mejorar la calidad de sus descargas, de conformidad con las disposiciones establecidas de esta Ley y demás normativas que la desarrolle.

En el último artículo mencionado advierte que la prevención y control de los posibles efectos negativos de las aguas sobre la población y sus bienes se efectuará a través de:
1. Los planes de gestión integral de las aguas, así como en los planes de ordenación del territorio y de ordenación urbanística, insertándose los elementos y análisis involucrados en la gestión integral de riesgos, como proceso social e institucional de carácter permanente, concebidos de manera consciente, concertados y planificados para reducir los riesgos socio naturales y cronológicos en la sociedad.
2. La construcción, operación y mantenimiento de las obras e instalaciones necesarias.
En líneas generales muestran las obligaciones de los generadores de efluentes y las medidas para prevención y control del agua y su uso. Así mismo, debes tomar conciencia de que de cada uno nosotros depende también que el Guaire mejore sus condiciones de sanidad.