La Ley regulará las actividades del sector bancario, la rama aseguradora, el mercado de valores. Se establece que las instituciones que integran este sistema no podrán conformar grupos financieros entre sí, con empresas de otros sectores de la economía nacional e internacional.
Se creará el Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional (Osfin) como ente rector encargado de coordinar el funcionamiento de las instituciones integrantes del sistema, a fin de lograr su estabilidad, solidez y confianza.
El Osfin estará integrado por el ministro de Planificación y Finanzas, el presidente del Banco Central de Venezuela y tres directores o directoras nombrados por el Jefe de Estado.
También será el Osfin el ente que tendrá la facultad de sancionar administrativamente a quienes trasgredan las obligaciones determinadas en esta Ley, tomando en consideración las circunstancias agravantes o atenuantes, tales como la gravedad de la falta, la reincidencia y el grado de responsabilidad del infractor.
La Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional está vigente, de manera que los bancos y seguros tienen 180 días para adaptarse a las líneas del nuevo texto.
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