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martes, 1 de diciembre de 2009

Nueva Providencia Cadivi: Se otorgaran entre 300 y 3000 dólares por año a los viajeros


Los venezolanos que viajen al exterior tendrán acceso a un máximo 3.000 dólares al año, dependiendo del destino y duración del viaje, según lo estableció una nueva norma de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), informaron hoy medios oficiales.

El organismo regulador de divisas dictaminó una nueva normativa para la adjudicación de divisas, publicada en la "Gaceta oficial número 39.316, de fecha viernes 27 de noviembre de 2009", providencia Nro. 099.

El monto de 3.000 dólares se aprobará para viajes de más de ocho días de duración y que tengan como destinos Europa, África, Asia y Oceanía, de acuerdo a la información oficial.

Se fijó para casi toda América un tope de 2.500 dólares por viaje superior a ocho días, mientras que para estadías cortas la adjudicación de divisas varía entre 300 y 1.000 dólares.

"De ser necesario" se entregará el avance en efectivo de hasta 500 dólares o 400 euros, indicó, sin más precisiones, la información oficial.

Por otra parte se indicó que para viajes "a Panamá y otras islas del Caribe", el ente regulador aprobará entre 500 y 1.000 dólares; mientras que para viajes a la vecina Colombia el monto mínimo será de "300 dólares y el máximo de 700 dólares".

La Cadivi aprobará entre 1.000 y 2.500 dólares para viajes a México, Estados Unidos, Canadá, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Perú, Uruguay, y los países de la Alba (Cuba, Bolivia, Ecuador, Honduras, Dominica y San Vicente y Las Granadinas).

martes, 12 de mayo de 2009

Procedimientos para inscribir su empresa en IVSS


Aplicación de la Ley de Seguro Social.

 

a) Las trabajadoras y los trabajadores permanentes bajo la dependencia de una empleadora o empleador, sea que presten sus servicios en el medio urbano o en el rural y sea cual fuere el 

monto de su salario. 

b) Las trabajadoras y los trabajadores a domicilio, domésticos, temporeros y ocasionales; y 

c) Las trabajadoras y los trabajadores no dependientes y para las mujeres no trabajadoras con ocasión de la maternidad. 


El Ejecutivo Nacional al reglamentar esta Ley o mediante Resolución Especial,  determinará a las personas a quienes se amplíe su protección y establecerá, en cada caso, los beneficios que se le otorguen y los supuestos y condiciones de su aplicación. 

 

El proceso de solicitud de registro consiste en 4 pasos.


1. Un primer paso donde se crea una solicitud y se establece un canal de comunicación directo entre la Empresa y el I.V.S.S (cuenta de correo electrónico). 

2. Luego a través de un correo electrónico recibirá el Número de Solicitud y Número de Confirmación para que pueda completar los datos de su solicitud. Una vez finalizado este proceso, el Sistema le dará la opción de imprimir la Constancia de Solicitud de Afiliación.

3. En el tercer paso usted debe llevar la Constancia de Solicitud impresa a la Oficina Administrativa correspondiente, de acuerdo a la terminación de su número de RIF. Adicionalmente debe consignar ciertos requisitos, los cuales serán revisados por un funcionario del I.V.S.S., para verificar la autenticidad de los datos y proceder a aprobar dicha solicitud.

4. Una vez aprobada la solicitud, el sistema genera de forma automática las credenciales de acceso al sistema y las mismas se les hará llegar vía correo. A partir de ese momento usted podrá tener acceso al sistema.


Requisitos:


-  Cédula de Identidad del representante legal de la Empresa. ( Original y Copia )

-  Registro de Información Fiscal (RIF). ( Original y Copia )

-  Registro Mercantil. ( Original y Copia )

- Recibo de pago de servicios públicos, donde se pueda comprobar la dirección comercial suministrada. (Luz, Teléfono, otros)


En caso de existir una persona autorizada para realizar el trámite, se deben llevar los siguientes documentos adicionales:


- Poder Notariado. ( Original y Copia)

- Cédula de Identidad y RIF de la persona autorizada. (Original y Copia)


Para mayor información puede acceder al portal de: http://www.ivss.gov.ve