La Reforma a la Ley de Bancos y otras Instituciones Financieras fue publicada en la Gaceta Oficial número 5947 este lunes a través del decreto 6287, consagrando cambios como un nuevo monto de depósitos garantizados por Fogade por hasta 30 mil bolívares fuertes.
En el artículo 300 se estableció este cambio, producto de las solicitudes de ahorristas afectados por las recientes intervenciones bancarias decretadas por las autoridades. De igual manera, se define en el instrumento legal un incremento en el aporte de las entidades bancarias al Fondo de Garantía de Depósitos (Fogade) hasta el 1,5% a cancelar los primeros días de cada mes.
Estos aportes podrán ser aumentados por el Ejecutivo en consejo de ministros, según se indica en el artículo 296.
La ley contempla cambios que afectan a los diferentes tipos de bancos en funcionamiento en el país, así como los emisores de tarjetas de crédito, casas de cambio y otras empresas del sector.