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lunes, 10 de agosto de 2009

Los Consejos Comunales, tendrán participación dentro de la mayoría de la Leyes


El último artículo del proyecto de Ley del Estatuto de la Función Policial, que aprobó la semana pasada la Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional, obliga a los agentes del orden público a rendir cuentas ante los consejos comunales.

La norma establece: "Las autoridades y funcionarios que ejerzan la función policial rendirán cuenta y facilitarán la revisión de los instructivos, prácticas policiales y procedimientos disciplinarios una vez concluidos a la instancia externa destinada para ello, con participación de la comunidad, a través de los consejos comunales y demás formas de participación popular, para un mejor desempeño de sus funciones, excepto las circunstancias que comprometan la seguridad del Estado", reseña El Universal.
El proyecto de Estatuto de la Función Policial, que tiene previsto discutir esta semana la plenaria de la AN, contiene 14 capítulos y 95 artículos.
Por otra parte, Los consejos comunales no sólo tienen cabida dentro este proyecto, sino que tendrán también participación dentro de las escuelas, tal y como lo establece el artículo 16 del Capítulo II del Ploe. “El Estado, a través del órgano rector con competencia en el Subsistema de Educación Básica, ejerce la direccionalidad estratégica del proceso educativo y estimula la participación comunitaria, incorporando tanto los colectivos internos de las escuelas, como a diversos actores comunitarios participantes activos de la gestión escolar en lo atinente a administración, mantenimiento físico, evaluación y supervisión, de acuerdo a lo establecido en la Constitución y esta ley”.

La primera parte del artículo 17 lo reafirma. “ (...)También podrán formar parte de la Comunidad Educativa las personas naturales y jurídicas, representantes de las diferentes organizaciones comunitarias vinculadas con el Proyecto Educativo Integral Comunitario de las instituciones educativas”.

miércoles, 10 de junio de 2009

Proyecto de reforma de la Ley de los Consejos Comunales



El parlamentario Dario Vivas, informó las razones por las cuales se están llevando a cabo discusiones para reformar la Ley de los Consejos Comunales en el seno de la Asamblea Nacional.
Vivas comentó que transcurridos tres años desde el inicio de los consejos comunales, se han “escuchado una serie de observaciones, críticas y opiniones“, permitiendo elaborar una reforma de 57 artículos con 12 disposiciones (la ley vigente tiene 33 artículos y 2 disposiciones). Según el diputado, esta reforma se “recoge sustancialmente las deficiencias existentes“.


La Subcomisión a su cargo se le encomendó la tarea de hacer una propuesta de reforma de la Ley de los Consejos Comunales y en consecuencia, se presenta una nueva ley, que expresa una reforma total, según el artículo 218 de la Constitución, como un aporte legislativo para el fortalecimiento y relanzamiento de los consejos comunales, figura legal y forma organizativa del poder popular, con una personalidad jurídica plena.

Precisó que los consejos comunales se han desarrollado como instancias de participación ciudadana y comunitaria, dado que agrupan a personas y organizaciones en torno a propuestas y proyectos, para establecer mecanismos de integración de las organizaciones comunitarias y los momentos sociales o populares.